Por: Octavio Aristeo López.
La Universidad Nacional Autónoma de México es una comunidad fuerte y noble, con potencial humano inmenso, con músculos complicados y complejos, para entender la máxima casa de estudios mencionaré algunos datos que proporcionan las estadísticas de la UNAM en 2015.
En el ciclo escolar 2014-2015, tuvo un registro de 342,542 alumnos, repartidos de la siguiente manera: 201,206 en licenciatura (sólo se titularon 21,734 en 2014 ¿Qué hacen los 179, 472 que no se han titulado? Es cantidad impresionante los no-titulados. A pesar, que los titulados, el 67%, se tituló mediante opciones distintas a la tesis o tesina y examen profesional); 112,576 en bachillerato (sólo egresaron en 2014: 27,280 ¿Dónde están los 85 296?) y 28,018 en posgrado (sólo lograron graduarse en 2014: 8,676 especialistas, maestros y doctores; los 19 346 no siguen sus estudios, a pesar de que la mayoría cuenta con Beca del Conacyt, algo está sucediendo). Si observamos estos números a detalle, son miles los que quieren ingresar y pocos miles los egresados, algunos miles tienen beca, por ejemplo de alimento. ¿Cuál es la producción social, económica y cultural de estos universitarios? No se sabe.
Todos estos alumnos son atendidos en: 4,526 Aulas, 3,960 cubículos y 2,801 laboratorios por 38,793 académicos, de éstos, el 11,984 son de tiempo completo, los demás son profesores de asignatura, es decir, son 26 809 los profesores universitarios que son mayoría y les pagan por hora/semana/mes, distribuidos en 9 planteles de la Escuela Nacional Preparatoria, 5 planteles del Colegio de Ciencias y Humanidades, 33 Institutos y 14 centros (aquí se realizan las principales investigaciones) y 11 programas universitarios, como señala Artículo 9 del Estatuto General de la UNAM. Y el artículo 9, precisa: “Asimismo, en las facultades y escuelas de la Universidad se desarrollarán y fomentarán labores de investigación como parte de su función de generación y transmisión del conocimiento”, son 20 facultades y 6 escuelas.
La Universidad Nacional Autónoma de México tiene presencia en las 32 entidades de la República Mexicana, EUA, Canadá, España, China, Costa Rica, Francia e Inglaterra, cuenta con 6 campus y 17 escuelas en la Zona Metropolitana de la Ciudad de México, en seis polos de desarrollo regional en Michoacán, Querétaro, Morelos, Baja California, Yucatán y Guanajuato.
Presta invaluables servicios sociales y culturales de la sociedad, como: Servicio Sismológico Nacional, Observatorio Astronómico Nacional, Jardín Botánico Nacional, Biblioteca Nacional, Hemeroteca Nacional, Red Mareográfica Nacional, Herbario Nacional, tres reservas ecológicas y el monitoreo del volcán Popocatépetl.
El Administrar 2,166 Edificios, 134 bibliotecas, con un Presupuesto en 2015 de $37,755 millones de pesos, que se reparten de siguiente manera: 61% docencia, 26% investigación, 8% extensión universitaria, 5% gestión institucional. Por ello, para ser Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México, tiene un proceso democrático propio, a veces complicado, pero es funcional; éste proceso tiene sus propias normas que pocos conocen.
Primero, para ser Rector se requiere ser mexicano por nacimiento, mayor de 35 y menor de 70 años, poseer un grado superior al de bachiller (no señala que deba tener título de Doctor), contar por lo menos con 10 años de servicios docentes o de investigación en UNAM, haberse distinguido en su especialidad, ser persona honorable y prudente. Afirma el Estatuto General en el artículo 32. El Rector es el jefe nato de la UNAM, su representante legal y presidente del Consejo Universitario. Es designado por la Junta de Gobierno de la UNAM, y dura en su encargo cuatro años con la posibilidad de ser reelegido una sola vez, así lo estipula el artículo 9 de la Ley Orgánica de la UNAM y está escrito en el artículo 30 del Estatuto General.
Por supuesto, que el Consejo Universitario es el máximo órgano de autoridad colegiada de la UNAM, así señalan los artículos 3 y 7 de la Ley Orgánica y el artículo 12 del Estatuto General, que se integra por el Rector, quien lo preside, los directores de facultades, escuelas e institutos, los representantes de investigadores, profesores y alumnos, y un representante de los trabajadores.
Por consiguiente, la elección del rector es un proceso democrático, es claro; pongo como ejemplo de caso lo que sucede en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México; la cual, está inmersa en este proceso democrático con una dinámica participativa, desde el 28 de marzo de 2016, que se publicó en Gaceta de la UNAM la convocatoria para auscultar (no es elección) a la comunidad de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, compuesta por académicos, alumnos y trabajadores; ejercieron su derecho a participar respecto de quién pueda ocupar la dirección de la Facultad los próximos cuatro años. Es un proceso de auscultación no de elección.
Por lo tanto, el proceso democrático en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México, es claro y transparente, la comunidad universitaria interesada está inmersa en este proceso democrático de auscultación. La participación de los profesores fue y es dinámica, algunos no entienden o no quieren entender que el proceso democrático está en la normatividad de la UNAM. Y, como todos sabemos, en la vida real estos procesos a veces rebasan lo escrito.
Por supuesto, existen aspirantes oficiales para dividir al contrario y favorecer a una o uno de los aspirantes que tiene el apoyo oficial, esto es lo que estoy observando en este proceso democrático; proceso democrático, que si no tienen madurez las autoridades universitarias en funciones, van a dejar el cargo, pueden dejar polarizada esta parte de la comunidad universitaria para sus propios fines y lucros.
En la sesión del H. Consejo Técnico de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, martes 29 de marzo de 2016, se señaló que los mecanismos para la participación de la comunidad en esta primera etapa del proceso son varios, pero los integrantes del H. Consejo Técnico y la actual administración de la Facultad no deben intervenir. A pesar de ello, está participando la actual administración de la Facultad al apoyar algunas o algunos aspirantes; información que está circulado ampliamente entre la comunidad interesada en el proceso.
El Estatuto General sentencia en el artículo 95: “Son causas especialmente graves de responsabilidad, aplicables a todos los miembros de la Universidad: I. La realización de actos concretos que tiendan a debilitar los principios básicos de la Universidad, y las actividades de índole política que persigan un interés personalista; II. La hostilidad por razones de ideología o personales, manifestada por actos concretos, contra cualquier universitario o grupo de universitarios; III. La utilización de todo o parte del patrimonio para fines distintos de aquéllos a que está destinado; VI. La comisión en su actuación universitaria, de actos contrarios a la moral y al respeto que entre sí se deben los miembros de la comunidad universitaria.” Ante estas circunstancias, es responsabilidad y obligación de los participantes, buscar la unidad de los aspirantes que son agredidos por las autoridades universitarias de la facultad, que quieren ensuciar el proceso democrático y participativo; algunos aspirantes oficiales tienen como objetivo dividir y provocar con sus actitudes para favorecer a la aspirante o el aspirante oficial.
Los aspirantes no identificados a los aspirantes oficiales, deben formar un frente común de unidad para que la comunidad universitaria salga potenciada, fortalecida de este proceso y contribuir a elevar la calidad académica y la participación en los procesos democráticos de la comunidad universitaria.
Para nombrar al nuevo director, el proceso democrático universitario que se encuentra en la Ley Orgánica y Estatuto General de la UNAM, señala las siguientes etapas a cumplir:
Primera etapa; auscultación que inició el 28 de marzo de 2016 y terminó el viernes 8 de abril de 2016; existió amplia participación y ésta se manifestó en números en cada una de las Coordinaciones: Comunicación, Ciencia Política, Administración Pública, Relaciones Internacionales, Sociología, Estudios Latinoamericanos y SUAyED. Estos datos ya están en la Secretaria General de la UNAM para proceder a elaborar la terna que el Rector presentará al H. H. Consejo Técnico de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, en los próximos días. Las manifestaciones numéricas que se realizaron no fueron las únicas vías de participación, existieron otras: acudir personalmente a las oficinas, enviar un correo electrónico, enviar un fax o hablar por teléfono a la Secretaría General de la UNAM, para ejercer opiniones y apoyos. El Secretario General es designado libremente por el Rector y colaborará con él en los asuntos de carácter docente, de orientación, de dirección de la Universidad y de difusión de la cultura.
Segunda etapa; en los próximos días, una vez formulada la terna por parte de la Rectoría, sólo serán tres los probables; la Junta de Gobierno podrá escuchar a los que apoyan a los interesados, se envía al H. Consejo Técnico de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, cumpliendo con el artículo 11 de la Ley Orgánica, el artículo 34 y 37 del Estatuto General señalan que: “Los Directores de Facultades y Escuelas, serán designados por la Junta de Gobierno, de ternas que formará el Rector, quien previamente las someterá a la aprobación de los Consejos Técnicos respectivos. Los Directores de Institutos serán nombrados por la Junta a propuesta del Rector. Los Directores deberán ser mexicanos por nacimiento y llenarán, además, los requisitos que el Estatuto fije, para que las designaciones recaigan en favor de personas cuyos servicios docentes y antecedentes académicos o de investigación, las hagan merecedoras de ejercer tales cargos”. Si no hay objeciones, se regresa a Rectoría y de ahí pasa a la Junta de Gobierno.
La Ley Orgánica señala en el Artículo 12 “… Los consejos técnicos serán órganos necesarios de consulta en los casos que señale el Estatuto.” El Estatuto General en el artículo 45 afirma: “IV. Aprobar o impugnar las ternas que para director del plantel le sean enviadas por el Rector;” también señala el artículo 42 del Estatuto General: “Cuando el director de una facultad o escuela no esté de acuerdo con algún dictamen del consejo técnico, pondrá el caso en conocimiento del Rector, quien lo turnará al Consejo Universitario o a la Junta de Gobierno, según la naturaleza del asunto.”
Tercera etapa; publicación de la Terna en Gaceta de la UNAM, previa auscultación de la comunidad universitaria, consulta de los interesados y al H. Consejo Técnico de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales.
Cuarta etapa; designación del nuevo director por la Junta de Gobierno de la UNAM, será el que demuestre madurez y capacidad para la resolución de problemas por medio del diálogo, argumentación sólida y el respeto a los demás; que unifique, ser conciliador e incluyente en la solución de los conflictos; además, tener liderazgo al servicio de la comunidad estudiantil en sus carencias y potencialidades.
Además de cumplir con el artículo 39 del Estatuto General: “Los directores de facultades o escuelas deberán reunir los siguientes requisitos: I. Ser mexicano por nacimiento, mayor de treinta y menor de setenta años; II. Haberse distinguido en la labor docente, de investigación o de divulgación científica y llevar una vida honorable; III. Haber prestado servicios docentes en la facultad o escuela de que se trate por lo menos ocho años y estar sirviendo en ella una cátedra, y IV. Poseer uno de los títulos que otorgue la facultad o escuela respectiva o un grado equivalente”.
Éste es el proceso democrático en la UNAM para elegir a sus autoridades.
* Profesor de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, Universidad Nacional Autónoma de México, correo electrónico: [email protected]